Voto en el exterior: desinformación del presidente de Fepara y el accionar de los partidos políticos

El actual  presidente de la Federación de Entidades Paraguaya en la Argentina (FEPARA en su discurso en la jornada de conmemoración del  203º Aniversario de la Independencia del Paraguay realizada  anteayer en la Av. de Mayo de la ciudad de Bs. As., solicitó en nombre de las entidades paraguayas en la Argentina, que comience el empadronamiento de los residentes paraguayos en el exterior que los habilite al voto.

 Loable intención del titular de Fepara porque es cierto que el empadronamiento es un anhelo mayoritario de los paraguayos en el exterior.

Pero lo que no tuvo en cuenta -o no supo- el presidente de Fepara es la solicitud que los partidos políticos de nuestro país -que tienen su base operativa en la Argentinahicieron el año pasado a las autoridades pertinentes: que habilite en Bs. As. y Gran Buenos Aires, oficinas para realizar la inscripción respectiva con residentes en la Argentina, petición que el Tribunal Superior de Justicia Electoral ( TSJE) han cajoneado, pese a que los integrantes de dicho organismo, informaron que la publicidad del empadronamiento de los “paraguayos de afuera” se iniciarían en abril y la inscripción comenzaría en junio.

El PLRA reclamó fuertemente el empadronamiento (foto: paraguaynoticiasonline)
El PLRA reclamó fuertemente el empadronamiento (foto: paraguaynoticiasonline)

Por otro lado, los partidos políticos que reducen su accionar SOLO al pedido de inscripción en el padrón electoral, están haciendo una petición equivocada o, por lo menos, incompleta, ya que EL NUDO de la cuestión reside en que el Código Electoral del Paraguay NO PERMITE el voto de los paraguayos residentes en el exterior, hecho que solo será posible si SE MODIFICA el Artículo 2 de dicho Código (Ley 834/96) que establece taxativamente “Son electores los ciudadanos paraguayos radicados en el territorio nacional” con lo cual los “paraguayos de afuera” aunque constitucionalmente estén habilitados,  se da la paradoja de que están legalmente excluidos en el ejercicio de su derecho al voto aunque estén empadronados

O sea: “los de afuera quedan afuera”.