Diputados rechazó el proyecto de enmienda constitucional
Ayer, la Cámara de Diputados rechazó por mayoría, el polémico proyecto de enmienda aprobado en el Senado. De esta manera, el documento pasa al archivo y no puede ser tratado por el periodo de un año
Con 78 votos a favor y una abstención, la Cámara de Diputados decidió rechazar el Proyecto de Ley“ Que enmienda los artículos 161, 197, 229, 235 y el título V de la Constitución Nacional de la República del Paraguay”. El análisis del documento fue en el marco de un extenso debate del que participaron representantes de todos los sectores.
Como vocero de la Comisión de Asuntos Constitucionales, el legislador Eber Ovelar (ANR-Caaguazú), explicó el dictamen del órgano asesor en mayoría y mencionó tres tesituras fundamentales que indican los motivos del rechazo. Mencionó que como punto 1º, el texto de la enmienda ya fue abordado por ambas cámaras en el año 2016 y fue rechazado.
Sostuvo que el artículo 290 de la Constitución Nacional precautela el tema y no permite que el documento sea tratado pese a que el texto presentado por el Senado fue modificado en ciertos puntos.
“De ninguna manera, texto íntegro quiere decir cambiar las palabras, las frases y con este argumento podemos burlar a la Constitución. Lo que el articulo 290 precautela es el tema, en este caso, la reelección presidencial”, explicó. Añadió: “Si vamos a lo que dice el Código Electoral, ley que operativiza el referéndum, vemos que se habla claramente de que si se rechaza en sede legislativa, no podrá promoverse otro proyecto sobre el mismo tema durante dos años”.
Así también, como punto 2º, refirió que con el proyecto presentado por el Senado se cercena atribuciones constitucionales al Poder Legislativo. “El texto establece la modificación del artículo 229 de la Carta Magna, que autoriza la renuncia del Presidente de la República sin requerir la autorización legislativa, sino una simple comunicación a los demás poderes y al TSJE. Este tipo de modificación no se puede hacer vía enmienda sino solamente por reforma”, detalló
El último punto que esgrimió el diputado Eber Ovelar fue la ilegalidad de la resolución adoptada por los 25 senadores. “Encontramos, sin necesidad de analizar cuestiones reglamentarias, que el 184 de la Constitución establece el régimen de sesiones extraordinarias, las cuales se deben llevar a cabo sobre un orden del día determinado. La enmienda nunca fue notificada al pleno, en todo caso, supieron de esta reunión sólo sus 25 integrantes”.
Por su parte, la diputada Rocío Casco (AP-Central), detalló que el proyecto de enmienda no puede aprobarse por tres motivos: la violación del principio de división poderes; la sesión irregular del Senado; y el uso indebido de la fuerza pública.
Enfatizó que desde el momento en que personas armadas entraron al Senado, fue el inicio de un completo quiebre institucional. “Desde el momento en que personas armadas ingresan al recinto, en este hecho en particular, para resguardar al vicepresidente segundo, senador Julio César Velázquez, en el momento en que éste se iba a proclamar presidente del Senado, ahí se inició el quiebre institucional”, sentenció.
Seguidamente, el legislador Bernardo Villalba (ANR-Concepción), refutó la posición del legislador Eber Ovelar y sostuvo que en cuanto a la sesión del Senado se debe estudiar la validez del mismo y no su existencia.
Y sostuvo que “Los artículos 184, 202 y 290 jamás han sido atropellados. Los actos se ajustaron a la Constitución y a las Leyes, es por eso que hemos hecho este análisis y dimos dictamen por la aprobación por la paz de la República y la reinstauración del diálogo, y para ocuparnos de los fines principales de la República, tomamos la decisión política de acompañar el rechazo” Por otro lado, los diputados Clemente Barrios y Oscar Tuma, también de la ANR, aseguraron que el proyecto de enmienda era el método más democrático y plenamente legal, enmarcado en lo que establece la Carta Magna.
A su turno, los parlamentarios del PLRA Víctor Ríos, Dionisio Amarilla, coincidieron en que introducir la reelección presidencial en la Carta Magna, era romper el principio de estabilidad en nuestro país.
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