Aparentemente, diputados paraguayos legislan sin profundizar

Ahora anunciaron que la “votación vía internet”, será tema de análisis en audiencia pública. La idea es llevarla a la práctica lo antes posible para que nuestros compatriotas radicados en el exterior puedan emitir su voto por esa vía.

Dip. Esmérita Sánchez
Dip. Esmérita Sánchez

La prensa de la Cámara Baja informó que la Comisión de Asuntos Migratorios y Desarrollo, presidida por la diputada Esmérita Sánchez (PLRA-Caaguazú), decidió convocar una audiencia pública para el día martes, 23 de septiembre, a los efectos de tratar el Proyecto de Ley “Que amplia las disposiciones finales de la Ley N° 834 del 17 de abril de 1996 y sus modificatorias”. El horario del evento será confirmado en los próximos días

Aparentemente los legisladores de dicha comisión no han profundizado en la averiguación de los antecedentes del tema a tratar ya que no saben o no tienen en cuenta, que los paraguayos que residimos en el exterior NO TENEMOS AÚN EL DERECHO LEGAL AL VOTO. Por lo cual, aunque la intención sea buena, de nada nos servirá que se vote vía Internet.

Esto es así, porque aunque hace tres años se modificó por referéndum el artículo 120 de la Constitución Nacional habilitando al ciudadano paraguayo residente en el extranjero el derecho a elegir y ser elegido en su lugar de residencia, el mismo aún no ha sido reglamentado.

Y para eso se necesita, sí o sí, que el Código Electoral (Ley 834/96) aún vigente sea modificada ya que en su artículo 2 dice taxativamente “Son electores los ciudadanos paraguayos radicados en el territorio nacional” …y los extranjeros con radicación definitiva que hayan cumplido diez y ocho años de edad, que reúnan los requisitos exigidos por la ley y que estén inscriptos en el Registro Cívico Permanente.

Lo que lisa y llanamente significa que los ciudadanos paraguayos radicados en territorio extranjero NO SON ELECTORES.

Hoja 1 del Proyecto Electoral presentado por Fepara a la Cámara de Diputados en marzo de 2012
Hoja 1 del Proyecto Electoral presentado por Fepara a la Cámara de Diputados en marzo de 2012. El mismo contiene 19 artículos en total.

La prioridad parlamentaria debía estar en dar curso al Proyecto Modificatorio de la Ley que la Federación Paraguaya en Argentina (FEPARA) presentó el 23 de marzo de 2012, a la Cámara de Diputados de nuestro país a través de la Oficina de Iniciativa Popular en Bs. As. y que inexplicablemente aún no ha sido tratado

SOLO ASÍ ALGUNAS PLAUSIBLES INICIATIVAS RELACIONADAS CON LOS PARAGUAYOS DE AFUERA  -COMO EL VOTO VÍA INTERNET.- PUEDAN APLICARSE EN UN FUTURO, CUÁNTO ANTES MEJOR.