El Estado bloqueará las cuentas de las víctimas de rapto y de sus familiares, para que sólo el Ministerio Público pueda negociar con los captores.
La ley “antisecuestro” no solamente asegura los bienes de la víctima y sus familiares sino también aquellos bienes respecto de los cuales conduzcan como dueños. El aseguramiento o congelamiento incluye también las limitaciones de las operaciones bancarias, ya que los bancos deben informar sobre toda solicitud de préstamos o retiro de dinero que familiares realicen, bajo pena de una multa.
La nueva ley modifica varios artículos del Código Penal, principalmente la restricción de disponer de bienes familiares de quien se encuentre secuestrado.
Además de limitar las operaciones bancarias que los familiares de las víctimas pueden realizar mientras dure el secuestro, la norma establece que la Fiscalía y los órganos de seguridad son los únicos autorizados a negociar con los captores.
La Asociación Rural del Paraguay (ARP) y la Unión Industrial Paraguaya (UIP) apoyan la vigencia de la ley “especial antisecuestro” promulgada el miércoles por el Poder Ejecutivo. Así manifestaron los titulares de ambos gremios, Néstor Núñez y Sixto Volpe, respectivamente, luego de reunirse con el presidente Fernando Lugo.
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