Desde el próximo 26 de marzo los relojes deberán atrasarse 60 minutos, en cumplimiento del Decreto del Poder Ejecutivo N° 1.264, del año 2014, por el cual el Poder Ejecutivo estableció que a partir del cuarto domingo de marzo de cada año, se atrase la hora oficial en todo el territorio nacional.
La medida se ajusta a un informe técnico que había sido presentado por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), referente al estudio del «Análisis de la Influencia del Cambio de Uso Horario en la Demanda del Sistema Interconectado Nacional (SIN).
El referido Decreto, vigente desde el 2014, fue dictado considerando que es objetivo del Gobierno Nacional fijar las variaciones horarias que se tienen que realizar con el cambio de las estaciones climáticas, atendiendo a que los habitantes de la República administren con suficiente antelación las variaciones horarias.
Añade igualmente que las líneas de transmisión que transportan la energía eléctrica a los centros de consumo, podrían alcanzar en el horario de punta de carga del Sistema Interconectado Nacional (SIN) niveles de cargas superiores a las recomendadas.
Además señala la importancia de que el consumo de energía eléctrica por parte de la actividad comercial esté finalizando, en la medida de lo posible, coincidentemente con el final de la luz solar, de manera que este componente de la carga comercial no contribuya con el aumento de la demanda en el horario de punta de carga del SIN.
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