Niños nacidos en el exterior son apátridas, por inciso constitucional
«Cientos de hijos de paraguayos nacidos en el exterior seguirán apátridas hasta tanto no se modifique la Constitución para que adquieran la nacionalidad», señaló en declaraciones a ABC Color en noviembre de 2012 el entonces director interino de Asuntos Consulares de la Cancillería y actual Cónsul del Paraguay en Bs. As., Carlos Closs
En esa oportunidad, el diplomático había señalado que los connacionales deben sensibilizar a los parlamentarios para reformar la Carta Magna, que no admite la doble nacionalidad.
Dijo que el problema que afecta a los hijos de paraguayos nacidos en el exterior es sumamente delicado porque se sienten ciudadanos de tercera categoría al no tener un documento para un recién nacido. “Se sienten desprotegidos”, enfatizó.
Closs indicó que el artículo 42 de la Constitución Nacional establece que son de nacionalidad paraguaya natural “los hijos de madre o padre paraguayo nacidos en el extranjero, cuando aquellos se radiquen en la República en forma permanente”.
Agregó que hay distintos casos y depende del país en cuestión. Mencionó el ejemplo de Brasil y Argentina, donde al compatriota con radicación legal, se le expide un certificado de nacimiento que posibilita la opción a la nacionalidad.
Un drama en ascenso – En los últimos años, paraguayos residentes fuera del suelo patrio han acudido a las embajadas y consulados del Paraguay con el propósito de registrar a sus hijos como paraguayos.
Generalmente el interés de realizar el trámite citado se debe a dos motivos: imposibilidad de los padres de inscribir a sus menores hijos en el país de residencia, sea por la vigencia del ius sanguinis (derecho de sangre), vigente principalmente en Europa, o por derivaciones del estatus migratorio de los padres.
Otro caso es el interés en que sus descendientes sean ciudadanos del Paraguay por opción, aun cuando el menor tiene el derecho a una nacionalidad distinta de la paraguaya.
Closs señaló que la única salida que tienen los connacionales es acercarse al consulado para el registro y la expedición de un salvoconducto para los fines pertinentes hasta que el ciudadano regrese al Paraguay para regularizar su situación e inicie los trámites judiciales para optar por la nacionalidad paraguaya