El camino al infierno está plagado de buenas intenciones —y la antesala bien podría ser el Parlamento de cualquier democracia moderna. De este recinto de “honorables” leguleyos no paran de surgir normas que pretenden alcanzar el etéreo bien común, pero que terminan ocasionando estragos.
Además de fijar el día laboral en ocho horas y obligar a asegurar a los empleados en el sistema de seguridad social, los senadores decidieron incrementar la remuneración mínima del actual 40% al 60% del salario mínimo (SM), por lo que los empleados domésticos no podrán ser contratados por menos de PYG 1.094.433 o US$243.
Sin embargo, los activistas no están conformes. Ellos buscaban lograr el 100% del SM. Marciana Santander, de la Asociación de Trabajadoras Domésticas, expresó su disconformidad a Radio Primero de Marzo luego del debate parlamentario: “Este debería ser trabajo de ellos, mejorar la calidad de vida de la gente. Con esto ellos condenan a la pobreza a la mujer doméstica […] la gente pobre, que gana salario mínimo, no tiene trabajadoras domésticas”.
Es cierto que las personas que ganan un salario mínimo difícilmente podrán pagar un sueldo a otra persona. Pero el error en el razonamiento está en creer que decretando que las trabajadoras domésticas deban ganar la integridad del SM, esto se convertirá en realidad.
Es necesario señalar que Paraguay tiene uno de los SM más altos de la región (PYG 1.824.055 o US$ 404), con un alto poder adquisitivo. Según la última Encuesta Continua de Empleo 2014, alrededor de la mitad de la población ocupada asalariada gana entre 1 y 2 SM, quienes tampoco están en condiciones de pagar el 50% o más de su sueldo, teniendo en cuenta el resto de los gastos mensuales.
Solamente si subimos a los tramos de ingresos de 3 SM o más (7,9%) llegamos a la gente que podría pagar a un trabajador doméstico como pretenden los proyectistas, asumiendo generosamente que estarían dispuestos a dispensar un tercio de su sueldo.+
Es decir, si se sanciona esta ley lo más probable es que una gran cantidad de familias paraguayas decidan no seguir contratando a sus empleados domésticos. O, por lo menos, disminuirán la frecuencia a pocas veces por semana; o si ya tienen contratada a una niñera, no podrán contratar a una limpiadora o al jardinero. No redundará en mayor dignidad, ya que sin trabajo, o empujados al subempleo, difícilmente un trabajador poco calificado pueda lograrlo.
“Las trabajadoras domésticas son exactamente iguales a nosotros, ni más ni menos, dijo el senador Arnaldo Giuzzio en su intervención. Nadie podría estar en desacuerdo, pero no todos los trabajos cuestan lo mismo, aunque creamos que las personas sí valgan por igual.
Un principio económico básico es que elevar el precio de un bien o servicio disminuye su cantidad demandada. Y fijar por ley un precio mínimo demasiado alto, ya sea para el pan, los zapatos o el trabajo doméstico, hace que aquellos que podían contratar dicho servicio por menos, y quienes estaban dispuestos a ser contratados por menos, no puedan hacerlo. Ambas partes pierden.
En síntesis, no se hace un favor a nadie destruyendo empleos. Todas las buenas intenciones del mundo no cambian la realidad.
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Determinar un salario minimo basico no es un Principio economico libre sino un DERECHO SOCIAL A TENER UNA VIDA DIGNA. Interpretar que una persona que gana 1 (un ) salario minimo no podria contratar una empleada domestica es un analisis absurdo ya que NO EXISTE TAL SITUACIÓN EN LA REALIDAD, es análisis es pura FANTASIA, digno de un farsante tintero chupamedia de las clases altas. Me parece que Daniel Duarte no fue a la ultima clase de interpretación economica o fue a la Escuela de Economía de la Universidad Católica !!!