El decreto 3958 del 17 de febrero de 2009 establece que a partir del segundo domingo de abril «se atrasará en sesenta (60) minutos, la hora oficial» en todo el territorio paraguayo.
El documento oficial señala que esto «significará una notable reducción de la demanda» del consumo de electricidad
Con esto se deroga el decreto 1867 del 5 de marzo de 2004 que establecía que el segundo domingo de marzo los relojes debían atrasarse una hora.
En tanto, el primer domingo de octubre la hora oficial deberá adelantarse nuevamente 60 minutos volviendo a la hora actual.
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