!PARAGUÁI OGUEROVY’A BICENTENARIO LÉI ÑE’ẼNGUÉRA REHEGUA REHEVE!
El Poder Ejecutivo ha promulgado la Ley de Lenguas, un instrumento de reivindicación cultural que se inscribe entre las más significativas de las últimas décadas y que coincide con el inicio de las celebraciones del Bicentenario de la independencia nacional.
Culminando un largo y trabajoso proceso de varios lustros por la dignificación de sus lenguas, la nación paraguaya accede a una herramienta imprescindible para la defensa y la promoción de sus lenguas, elemento central de la riqueza cultural que la misma posee.
La promulgación de la Ley llega respondiendo a un momento de gran atención y expectativa sobre esta importante reivindicación cultural, no solo dentro del país, sino asimismo en el exterior, especialmente en los países de la región, que comparten con el Paraguay el legado de la lengua guaraní, hablada actualmente por alrededor de 10 millones de personas.
El proyecto que logró la sanción del Parlamento Nacional y del Poder Ejecutivo tuvo como precedentes dos anteproyectos previos, elaborados por la Comisión Nacional de Bilingüismo y el Taller de la Sociedad Civil, los cuales fueron comparados y unificados en una versión consensuada, hace unos 3 años. Dicha versión fue presentada al Parlamento por el Poder Ejecutivo. El texto fue resultado de numerosas consultas realizadas con todos los sectores sociales, dos audiencias públicas y numerosos debates realizados a lo largo y lo ancho del país.
OBJETIVOS Y CONTENIDO DE LA LEY
El Anteproyecto de Ley de Lenguas tiene el propósito de responder a un mando constitucional que data de 1992. La ley madre entonces promulgada declaró en su artículo 140: “El Paraguay es un país pluricultural y bilingüe. Son idiomas oficiales el castellano y el guaraní. La ley establecerá las modalidades de utilización de uno y otro. Las lenguas indígenas, así como las de otras minorías, forman parte del patrimonio cultural de la Nación”. La necesaria reglamentación fue postergada durante todos estos años y como resultado, la oficialidad del guaraní, así como el respeto a las lenguas indígenas no pasó de ser un reconocimiento simbólico. Por lo tanto, el primer punto a destacar del anteproyecto es cumplir con la postergada reglamentación de aquella ley.
En segundo lugar, la ley permitirá la creación de la Secretaría Nacional de Políticas Lingüísticas, que comprenderá tres Direcciones: la Dirección General de Planificación Lingüística, la de Investigación Lingüística y la de Documentación y Promoción de las Lenguas Indígenas. Asimismo plantea la creación de la Academia de la Lengua Guaraní, que tendrá a su cargo la normativización de la lengua, estableciendo el alfabeto y la gramática oficial, además de diversos mecanismos para la normalización de la lengua en todas las instancias de la vida social.
El texto del Anteproyecto abarca los siguientes capítulos: Delos Derechos Lingüísticos; Del uso de Las Lenguas en el Ámbito Público; De los Idiomas en la Educación; De la estructura organizativa para la aplicación de las Políticas Lingüísticas de la Nación; De los Organismos; De la academia de la Lengua Guaraní; y Disposiciones Finales.
ÑAMOMORÃVO ÑANE ÑE’ẼNGUÉRA ÑAMOAÑETE JAHÁVO PARAGUÁI SÃSO (AL HONRAR NUESTRAS LENGUAS VAMOS HACIENDO REALIDAD LA INDEPENDENCIA)
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Qué dice la Constitución Nacional
Artículo 140 – DE LOS IDIOMAS
El Paraguay es un país pluricultural y bilingüe. Son idiomas oficiales el castellano y el guaraní. La ley establecerá las modalidades de utilización de uno y otro. Las lenguas indígenas, así como las de otras minorías, forman parte del patrimonio cultural de la Nación.
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