Por Carlos Benítez (*)
El Jurado de Enjuiciamiento (para remover a jueces) y el juicio político (para destituir a ministros de la Corte Suprema) en Paraguay, son las “armas” utilizadas por senadores y diputados para manipular las decisiones de los magistrados a favor de sus intereses.
Es por ello que hay una evidente desigualdad procesal, cuando un parlamentario querella a un particular y además se aferra a sus fueros. La abogada Celia Pérez Rivas habla en esta nota de la fuerte injerencia política, en nuestra desacreditada administración de justicia.
Cuando un funcionario público, sobre todo miembro de un Poder del Estado plantea una querella por difamación, calumnia e injuria, contra un periodista o director de un medio de comunicación, surgen aspectos sustanciales que se deben tener en cuenta, explicó la abogada Pérez Rivas.
Refirió que estos aspectos son la violación de los principios de defensa en juicio, libertad de expresión y prensa, libertad del ejercicio del periodismo, de la igualdad de las personas y de las garantías de igualdad, consagrados en los artículos 16, 26, 29, 46 y 47 inciso 1, de la Constitución Nacional, así como el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica, parte integrante de nuestro derecho positivo vigente.
El artículo 16 de la Carta Magna garantiza la inviolabilidad de la defensa en juicio de las personas y de sus derechos. “Es decir, que el ciudadano debe ser juzgado por tribunales y jueces competentes, independientes e imparciales”, afirmó.
En el caso de la querella promovida por un senador o un diputado contra un ciudadano carente de inmunidad como la que tienen los legisladores, es muy difícil que el juez pueda mantener su independencia y actuar con imparcialidad.
Manifestó que si bien es cierto que los jueces no se encuentran formalmente en relación de dependencia del Poder Legislativo, están sujetos al Jurado de Enjuiciamiento (que los puede procesar o destituir), que está integrado por dos senadores y dos diputados.
Advirtió, por otro lado, que el Senado tiene atribuciones muy importantes como: 1) juzgar en juicio político a los ministros de la Corte Suprema; 2) Seleccionar de la terna remitida por el Consejo de la Magistratura a quien vaya a ser ministro del alto tribunal.
“En estas condiciones, existe un control político sobre el órgano jurisdiccional, que debería impartir justicia, con independencia, imparcialidad y objetividad”, enfatizó la letrada.
(*) cbenitez@abc.com.py (ver artículo completo en abc.com.py)
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