Consulares

Más sobre los aranceles consulares

Desde la promulgación de la Ley 4033 de Aranceles Consulares en el 2010, este medio ha tratado con frecuencia dicho tema.

Y siempre lo ha hecho con responsabilidad, transparencia, contrastando las fuentes de información y constatando la seriedad de las mismas. También hemos recurrido a textos legales para completar algún que otro vacío informativo que pueda existir.

Asimismo consultamos con personas expertas y conocedoras que podrían enriquecernos, aconsejarnos para que la noticias llegue a nuestros lectores  sin distorsiones ni segundas intenciones, con total mesura y equilibrio.

Y en nuestro 30 años de ejercicio periodístico -tanto radiofónico, gráfico y televisivo- describiendo, analizando  lo que ocurre  y de comunicarlo con claridad, pusimos y ponemos- especial énfasis en el cuidado de la calidad de la información, resguardando la confidencialidad necesaria, de manera tal sostener la confianza que nuestros lectores han depositado en este medio independiente a través del tiempo.

ALGUNOS DE LOS ARTÍCULOS PUBLICADOS ANTERIORMENTE SOBRE EL TEMA 

El primero, el 2 de septiembre de 2010 titulado ‘Nuevos aranceles consulares’ cuyo primer párrafo decía: “A partir del día de ayer, entró en vigencia la Ley 4033/10 sancionado por el parlamento paraguayo y promulgado por el Poder Ejecutivo”. El segundo publicado el 29 de julio de 2011 que, con el título ‘Aranceles consulares: otra vez nos quieren robar”, que decía lo siguiente: “Por “Circular Nº 17” del Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección de Asuntos Consulares del Paraguay, los costos de los documentos civiles para los paraguayos residentes en el exterior, se duplicarán a partir del próximo lunes 1° de agosto ya que a todos ellos se les agregarán un “gasto administrativo” de US$ 15.

Hemos vuelto sobre la cuestión El 20 y el 21 de mayo de 2016 titulado ‘Aranceles consulares: “ha mboriahú, reisu’úva anga opaité mba’e…”

Un mes después, en tapa del periódico “Paraguay ñane retã” publicamos “Opáma la vy’á: aranceles consulares, ahora hay que pagarlos” y otra con fecha 16 de junio 2016 “Ojevy jeyta la vy’á, volverá la alegría: adió manté arancel consular” en la que señalábamos que nuestra Cancillería revisó la medida adoptada y se dio cuenta de la real situación de la mayoría de los paraguayos residentes en Argentina que utilizan dichos servicios son personas humildes, muchos de ellos con recursos insuficientes para afrontar tal alto costo. Menos aún si quieren radicarse con su familia, fenómeno que hasta hoy se sigue dando. 

Posteriormente, el 2 de julio del mismo año publicamos dos notas 1) Oficial: adió manté arancel consular” donde la Embajada del Paraguay en Argentina comunicaba a la colectividad paraguaya migrante, que ”continúa vigente la exoneración del pago lo las visaciones consulares y que dicha disposición tenía carácter temporal y se encuentra incluida en el marco de implementación del nuevo Sistema Integrado de Legalizaciones (SIL) que permitirá la agilización de obtención de turnos y por consiguiente la entrega del documento solicitado en un plazo menor que el actual. (como está ocurriendo actualmente con el otorgamiento de turnos por Internet).

Y dijimos que esta medida provisoria, tenía  la finalidad de brindar asistencia de carácter social a la gran colectividad de compatriotas que se encuentran en Argentina, en especial a aquellos en situación de vulnerabilidad

2) la segunda nota del mismo día titulada “Algo más, mucho más, que visados consulares” destacábamos el enfoque de razonabilidad dado por el Poder Ejecutivo de nuestro país a través de la Cancillería en relación con los aranceles consulares para los residentes paraguayos en Argentina: tuvo el tino de rever su puesta en marcha y, lo que es más, han exonerado el cobro del visado de los documentos necesarios para regularizar su situación migratoria.

 Y por último, hace dos días, publicamos el artículo “El (la) que quiere leer que lea…”…

(En notas sucesivas –y paulatinamente- iremos publicando por segunda vez -el contenido de la Ley 4033, especialmente referido a los aranceles, como asimismo trataremos sobre las dificultades e impedimentos con que tropieza el Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional del Paraguay para el cobro en Argentina, de tasas sobre la emisión de la cédula de identidad).

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