Y en su artículo 1 dice: «Dispóngase la publicación de la Enmienda Constitucional Nº 1, aprobada por el Referéndum Constitucional de fecha 9 de octubre de 2011, que contiene el texto enmendado del Artículo 120 dela Constitución Nacional, enla Gaceta Oficialde la República del Paraguay».
En virtud de esta primera enmienda, los paraguayos residentes en el exterior pueden elegir y ser elegidos para los cargos políticos de nuestro país.
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MAS QUE UN COMENTARIO ES UNA CONSULTA: LOS TEXTOS CON NUEVA EDICION DE LA CONSTITUCION DEL PARAGUAY YA PUEDEN AGREGAR EN SU ARTICULO 120 "Los paraguayos residentes en el extranjero son electores"?.
GRACIAS
NELSON
Nelson, la respuesta se la enviamos a su mail particular.