Se oficializó el voto de los paraguayos en el exterior

El Poder Ejecutivo oficializó el voto de los paraguayos en el exterior, a través del decreto 7671 del 8 de noviembre del año en curso, tras la enmienda adoptada en el referéndum constitucional del pasado 9 de octubre.

El Decreto, en sus considerandos dice: “Que el Artículo 120 dela Constitución Nacional quedó enmendada de la siguiente manera; “De los electores: Son electores los ciudadanos paraguayos, sin distinción, que hayan cumplido dieciocho años. Los paraguayos residentes en el extranjero son electores. Los ciudadanos son electores y elegibles, sin más restricciones que las establecidas en esta Constitución y en la Ley. Los extranjeros con radicación definitiva tendrán los mismos derechos en las elecciones municipales”.

Y en su artículo 1 dice: «Dispóngase la publicación de la Enmienda Constitucional Nº 1, aprobada por el Referéndum Constitucional de fecha 9 de octubre de 2011, que contiene el texto enmendado del Artículo 120 dela Constitución Nacional, enla Gaceta Oficialde la República del Paraguay».

En virtud de esta primera enmienda, los paraguayos residentes en el exterior pueden elegir y ser elegidos para los cargos políticos de nuestro país.