La reforma de estatuto ¿debe incluir la revocación de mandato?
Hemos observado que Casa Paraguaya de Bs. As. se ha convertido para algunos socios en un apetecido botín de guerra.
Y notamos que para conseguirlo, apelan principalmente a comunicados, vídeos, etc. a través de las redes sociales -cualquiera sea su formato- ya que estas vías estimulan la libertad de expresión aunque sus opiniones, pensamientos muchas veces no prioricen la verdad ni la ética.
Así la información se desvirtúa y la gente de buena fe que ignora lo ocurrido realmente, la toma como si fuera cierta.
Lo que siempre nos llamó la atención, es que la institución nunca ha salido a contestar los argumentos-falaces o no- que contienen esos mensajes.
Pero como eso es facultad exclusiva del Consejo Directivo, presumimos que habrán tomado dicha decisión por juzgar que responder era una inútil pérdida de tiempo.
Por lo pronto, les comentamos que hemos asistido a las Asambleas Ordinaria y Extraordinaria de Casa Paraguaya que se realizó ayer domingo 28 de julio de 2019 en la sede propia de la entidad, Chile 1769 de la ciudad de Bs. As.
En la Ordinaria se trataron se aprobaron la Memoria y el Balance del Ejercicio Económico del lapso comprendido entre el 1 de febrero de 2018 al 31 de enero de 2019. Seguidamente, se abrió la Extraordinaria en el cual se aprobó el informe emitido por la Comisión Ad Hoc creada en la Asamblea del 2 de diciembre del año pasado, compuesta por cuatro socios -dos por el oficialismo y dos por la oposición- con el objetivo de auditar las deudas que figuraban en el balance. El dictamen resultante aprobado fue que no había pruebas de la existencia de la deuda incluida en balances anteriores.
En otro orden de cosas se reveló la intención de actualizar el estatuto de Casa Paraguaya adecuándolo a las normas jurídicas argentinas actuales que fueron creadas con posterioridad a la sanción del estatuto.
En realidad muchos de sus artículos ya eran obsoletos, mal redactados o contradictorios entre sí, por lo cual se hacía perentoria su reforma, que dicho sea de paso, ya se pensaba hacer este año con el concurso de todos los socios sin excepción.
Una de las innovaciones que podría incluirse en el estatuto es la revocatoria de mandato, procedimiento que consiste que los socios pueden destituir –mediante una Asamblea convocada a tal efecto- a las autoridades antes de cumplirse el plazo de tiempo por el cual han sido elegidos. ¿Qué tal?
(N. de R. Observamos que a algun@s soci@s no lo dejaron entrar al acto asambleario, por no tener pagada la cuota social. Estatutariamente, para participar en una Asamblea es imprescindible tener la cuota societaria al día).
Hoy vimos en un video la queja de dos personas a las que en teoría no las dejaron entrar, pese a tener la cuota al día. Cuán grande fue nuestra sorpresa al comprobar que esas dos personas se encontraban adentro de la institución, en la sala donde se estaba llevando a cabo la Asamblea.