LA FARSA DEL VOTO PARAGUAYO EN EL EXTERIOR

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) aprobó el reglamento para el voto de paraguayos en el exterior, pero el mismo es aún inaplicable.

 El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) de nuestro país emitió la Resolución 32/2013 que reglamenta el ejercicio del sufragio de los empadronados en el exterior.

Sin embargo, este reglamento no podrá ser aplicado. ¿Por qué? Porque el TSJE es solo un organismo de aplicación de las leyes creadas por el Parlamento. Esto es, no tiene facultad para disponer por una simple resolución la legalidad del voto de los paraguayos en el exterior por el simple hecho de prelación jurídica.

Si bien el art. 120 de la Constitución Naciona establece el derecho de los paraguayos de afuera para elegir y ser elegido, la TSJE basa su accionar en la Ley 834/1996 (Código Electoral) cuyo contenido actual NO CONTEMPLA la participación del compatriota en el exterior. Vale decir que esta ley debe ser modificada para que la Resolución 32/2013 pueda ser aplicada.

Para que los paraguayos puedan votar en el exterior es condición sine qua non la aprobación del Proyecto de Modificación del Código Electoral  antes del 21 de abril del corriente año, fecha de las elecciones generales.

Uno de los proyectos modificatorios más serios a dicha Ley fue presentado en su momento en nombre de la Federación Paraguaya en Argentina (FEPARA) a la Oficina de Iniciativa Popular en Bs. As. ,  ha sido recepcionado por la Cámara de Diputados el 23 de marzo del año pasado y que fuera impulsado en nuestro país  por la diputada Desirée Masi. Pero parece que ahora duerme el sueño de los justos en un cajón del TSJE donde fue remitido por el diputado Carlos Liseras “para su estudio”.

Es llamativo el desinterés de los partidos políticos en este crucial tema. Es más, ninguna agrupación política paraguaya en el exterior han hecho oír su voz al respecto y no hizo reclamo alguno para la corrección de esta anormalidad. Lamentable actitud de silencio debido quizá a la falta de tiempo ya que la campaña proselitista electoral no da respiro para atender este tipo de cosas.

Pero mientras no se actualice el Código Electoral, el sufragio del paraguayo en el extranjero será una farsa por ilegal y anticonstitucional.

Redaccion

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  • Totalmente cierto lo expresado por el Director del diario. Sin una ley de reforma del código electoral no habrá real ejercicio del derecho ciudadano de los paraguayos residentes en el exterior. A más de 10 años de la enmienda del artículo 120 CN no ha habido avance alguno en el tema. Los dirigentes políticos tienen temor de los electores connacionales residentes en el exterior.

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